Page 27 - Manual Ciencia y Tecnologia
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                  conocimientos,  tecnologías  e  innovaciones  producidas  sobre  la  naturaleza,  las  personas  y  la
                  sociedad, al mismo tiempo que con las repercusiones en las generaciones futuras, a través de las
                  Ciencias de la Vida y las Ciencias de la Salud, en particular, en su genoma, proteoma y genética en
                  general.

                  ARTÍCULO  36.  PROTECCIÓN  DE  LA  BIOSFERA  Y  LA  BIODIVERSIDAD.  Las  actividades  de
                  C&T+i que se adelanten en la Policía Nacional, se fundamentan en la interconexión de los seres
                  humanos con las demás formas de vida de la naturaleza. Parte esencial del comportamiento ético y
                  bioético  de  los  investigadores  es  el  acceso  y  utilización  apropiada  de  los  recursos  biológicos  y
                  genéticos,  especialmente  del  patrimonio  genético,  el  respeto  y  comprensión  de  los  saberes
                  tradicionales y populares y el papel de los seres humanos en la protección y sostenibilidad del medio
                  ambiente, la biosfera y la biodiversidad.

                  ARTÍCULO 37. BIOÉTICA EN LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA CON ANIMALES. De acuerdo con
                  el presente Manual, toda investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación que implique la
                  experimentación con animales en la Policía Nacional debe ser realizada con el estricto cumplimiento
                  de la normatividad vigente sobre el particular en Colombia.

                  Asimismo, el uso de animales para la investigación, el desarrollo tecnológico o la innovación se debe
                  realizar con total respeto y acatamiento de las normas legales y morales aceptadas universalmente,
                  en  particular,  teniendo  en  cuenta  las  opciones  de  reemplazo  de  animales;  las  alternativas  de
                  reducción del número de éstos en experimentación, implementando procedimientos que minimicen
                  el sufrimiento y angustia y aseguren el mejoramiento del bienestar de los animales usados en ciencia.
                  En estas prácticas, se debe tener en cuenta la Ley 1774 de 2016, modificatoria de la Ley 84 de 1989,
                  según la cual los animales son seres sintientes, no son cosas, recibirán especial protección contra
                  el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos.

                  De acuerdo con lo anterior, en este tipo de investigaciones la Institución respetará la normatividad
                  vigente referida al trato con los animales, porque son seres sintientes y garantizará la integridad de
                  los mismos, así como el mejoramiento de su bienestar y de su impacto en la salud pública. Por lo
                  tanto, se llevará a cabo esta clase de experimentación con el cumplimiento del principio de necesidad
                  y razonabilidad, es decir, solo cuando sea necesario y se requiera para la salud, seguridad humana
                  y el bienestar animal.


                  CAPÍTULO II




                  BIOÉTICA Y DISCIPLINAS CIENTÍFICAS


                  ARTÍCULO 38. BIOÉTICA Y GENÉTICA. Gran interés tiene la Policía Nacional en los temas de
                  genética, en particular, cuando se trata de investigaciones en criminalística y disciplinas afines. En
                  este caso, el reconocimiento y total respeto por los cuatro principios de la bioética cobra especial
                  relevancia.

                  La genética es el campo de las Ciencias de la Vida relacionada con el estudio de las células, los
                  individuos,  sus  descendientes,  el  genoma  y  el  establecimiento  de  la  secuencia  del  ADN  de  las
                  personas y, ahora, con la investigación sobre el proteoma. Tanto la genómica como la proteómica
                  son disciplinas científicas componentes de la genética y en las cuales el comportamiento ético y
                  bioético de los investigadores de la Institución es una de las mayores exigencias.

                  En los casos de la recolección, tratamiento, conservación y uso de datos, muestras e información
                  genética humana o muestras biológicas, se trate o no de procedimientos invasivos, en ejecución de
                  actividades  de  C&T+i,  se  deben  aplicar  las  orientaciones  dadas  en  el  presente  Manual.
                  Específicamente, se deben tener en cuenta la obtención del consentimiento previo, libre, informado
                  y expreso de la persona interesada, sin influir en su decisión mediante incentivos económicos u otros
                  beneficios personales o institucionales.

                  ARTÍCULO 39. BIOÉTICA E INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD. En las actividades
                  de C&T+i en las Ciencias de la Salud que se realicen en la Policía Nacional, el cumplimiento de los
                  cuatro principios de la bioética es obligatorio, de forma que se proporcione a cada persona la salud
                  y la calidad de vida, de una manera respetuosa con el ser humano, extremando precauciones para
                  el cumplimiento de la voluntad y autonomía.

                  Por otra parte, en aceptación de acciones enmarcadas en los principios del comportamiento ético y
                  bioético como son la autonomía, no maleficencia, beneficencia y justicia, en la Policía Nacional, y
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