Page 43 - Manual Ciencia y Tecnologia
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7. Creación de empresas de base tecnológica. Es la transferencia de tecnología que se presenta
cuando se establecen o consolidan empresas de base tecnológica, con el apoyo de
universidades, centros tecnológicos y de otras empresas de alta tecnología, desde y hacia la
Policía Nacional, dentro o fuera del país.
Las anteriores formas específicas de contratación para la transferencia de tecnología en la Institución
buscan la creación de un ambiente favorable a la generación y apropiación de conocimientos
científicos, tecnológicos y de innovación útiles en el cumplimiento de la misionalidad de la Policía
Nacional.
CAPÍTULO X
AGENDA DE TRABAJO
ARTÍCULO 101. AGENDA DE TRABAJO EN TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA. La Dirección
Nacional de Escuelas, a través de la Vicerrectoría de Investigación, es la unidad responsable de
adelantar una agenda de trabajo relacionada con la transferencia de tecnología derivada de las
actividades de C&T+i.
CAPÍTULO XI
MARCA INSTITUCIONAL Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA
ARTÍCULO 102. MARCA INSTITUCIONAL. A partir de la suscripción del presente Manual, toda
transferencia de conocimientos, tecnologías e innovaciones que sea propiedad intelectual y
patrimonial de la Policía Nacional hacia terceras instituciones, empresas en Colombia, hacia cuerpos
policiales, instituciones o empresas de otros países, sólo se podrá realizar, previa la definición de un
programa de transferencia de tecnología específico por parte de las unidades de policía, los grupos
de investigación, la Oficina de Telemática, los grupos de telemática, y la respectiva aprobación de
la Dirección Nacional de Escuelas, a través de la Vicerrectoría de Investigación, con el aval de la
Oficina Jurídica de la misma Dirección.
Así mismo, todo material físico y virtual, como son artículos, libros, protocolos, formatos, cartillas,
Manuales, guías, planes, software, aplicativos, App´s y demás elementos de la Institución deberán
quedar incluidos en el mencionado programa de transferencia de tecnología, con el respectivo
reconocimiento de la propiedad intelectual, a través de los derechos de autor y la propiedad
industrial.
De lo contrario, estos materiales de la Institución no podrán ser entregados a terceros, so pena de
incurrir en plagio y violación de los derechos de propiedad intelectual que generará las sanciones
institucionales, legales y penales respectivas. Especial atención se debe colocar a las siguientes
actividades de la Institución:
1. Consultorías institucionales hacia cuerpos policiales de otros países
2. Asesorías institucionales hacia cuerpos policiales de otros países
3. Consultorías institucionales hacia otras instituciones y empresas en Colombia
4. Asesorías institucionales hacia instituciones y empresas en otros países
5. Proyectos de investigación con otras instituciones y empresas en Colombia
6. Proyectos de investigación con instituciones y empresas en otros países
7. Proyectos de desarrollo tecnológico con otras instituciones y empresas en Colombia
8. Proyectos de desarrollo tecnológico con instituciones y empresas en otros países
9. Proyectos de innovación con otras instituciones y empresas en Colombia
10. Proyectos de innovación con instituciones y empresas en otros países
11. Formación y capacitación de personal de la Policía Nacional en entidades, empresas de
Colombia, incluidos cuerpos policiales de otros países
12. Formación y capacitación de personal de entidades, empresas de Colombia u otros países,
incluidos cuerpos policiales de otros países, en la Policía Nacional
13. Formación y capacitación institucional en Colombia
14. Formación y capacitación institucional en otros países
15. Seminarios institucionales en Colombia
16. Seminarios institucionales en otros países