Page 44 - Manual Ciencia y Tecnologia
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                  17. Conferencias institucionales en Colombia
                  18. Conferencias institucionales en otros países
                  19. Pasantías de personal de la Institución en entidades, empresas de Colombia o de otros países,
                      incluidos cuerpos policiales
                  20. Pasantías de personal de otras entidades, empresas de Colombia o de otros países, incluidos
                      cuerpos policiales, en la Policía Nacional
                  21. Tesis  de  grado  de  doctorado  o  de  maestría  que  realicen  terceras  personas  o  instituciones,
                      mediante  el  uso  de  elementos,  infraestructuras,  capacitaciones  y  asesorías  de  la  Policía
                      Nacional
                  22. Participación de la Policía Nacional en ferias, exposiciones y eventos de difusión realizadas por
                      otras entidades, empresas de Colombia o de terceros países, incluidos cuerpos policiales de
                      otros países
                  23. Participación de otras entidades, empresas de Colombia o de otros países, incluidos cuerpos
                      policiales de otros países en las ferias, exposiciones y eventos de difusión de la Policía Nacional.


                  CAPÍTULO XII



                  MANEJO DE LA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA


                  ARTÍCULO  103.  LINEAMIENTO  ORGANIZACIONAL.  En  el  SICTI,  se  determina  que  la
                  transferencia de tecnología es uno de sus objetivos fundamentales y es el mayor de los compromisos
                  de los investigadores y grupos de investigación, con la finalidad de aportar al servicio de policía.

                  ARTÍCULO  104.  CUMPLIMIENTO  DE  LOS  PLANES  DE  TRANSFERENCIA.  Los  comités  de
                  investigación  que  existen  en  las  unidades  de  policía,  son  responsables  del  cumplimiento  de  los
                  planes de transferencia de tecnología en su respectiva jurisdicción. En este sentido, sus principales
                  funciones son las siguientes:

                  1.  Ejecución de los programas de transferencia de tecnología intra - institucional. Los comités
                      de investigación de las unidades de policía, la Oficina de Telemática y los grupos de telemática
                      deben  suscribir  las  respectivas  actas  de  los  programas  de  transferencia  de  tecnología
                      correspondientes a los proyectos de C&T+i, de los grupos de investigación, así como velar por
                      su cumplimiento, una vez sean aprobados por la Dirección Nacional de Escuelas, a través de la
                      Vicerrectoría de Investigación, previo aval de la Oficina Jurídica de la misma Dirección.

                  2.  Ejecución de los programas de transferencia de tecnología inter - institucional. Cuando se
                      trate  de  transferencia  de  tecnología  con  terceras  instituciones  o  empresas  de  Colombia  o
                      internacional, los comités de investigación de las unidades de policía, la Oficina de Telemática y
                      los grupos de telemática deben elaborar el respectivo programa de transferencia de tecnología
                      en  C&T+i,  y  solicitar  su  aprobación  a  la  Dirección  Nacional  de  Escuelas,  a  través  de  la
                      Vicerrectoría de Investigación, previo aval de la Oficina Jurídica de la misma Dirección.

                  3.  Registros estadísticos de tecnologías e innovaciones. Los comités de investigación de las
                      unidades de policía, la Oficina de Telemática y los grupos de telemática son los responsables de
                      llevar los registros de las tecnologías e innovaciones desarrolladas en los proyectos de C&T+i y
                      que sean factibles de transferencia de tecnología, en particular, de los prototipos, aplicativos,
                      App´s, software, programas informáticos, bases de datos, invenciones, innovaciones, diseños,
                      marcas y demás resultados, como son los códigos fuentes en el caso del software.

                  ARTÍCULO 105. APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA. La
                  aprobación del acta compromisoria con el programa de transferencia de tecnología en cada proyecto
                  de C&T+i la realiza, en primera instancia, el propio comité de investigación de la unidad policial,
                  donde se ejecute el proyecto, siempre en coordinación con la Dirección Nacional de Escuelas y la
                  Vicerrectoría de Investigación. En segunda instancia, esta acta suscrita es aprobada por el Comité
                  de Transferencia de Tecnología del SICTI.

                  ARTÍCULO  106.  RESPONSABILIDAD  INSTITUCIONAL  EN  LA  TRANSFERENCIA  DE
                  TECNOLOGÍA. La Dirección Nacional de Escuelas, a través de la Vicerrectoría de Investigación, es
                  la responsable del cumplimiento de la transferencia de tecnología en cada una de las investigaciones
                  que se lleven a cabo en la Policía Nacional.
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