Page 39 - Manual Ciencia y Tecnologia
P. 39

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
                  ARTÍCULO 92. ALCANCE. Con esta modalidad de transferencia intra – institucional se busca que
                  los resultados de toda actividad y proyecto de C&T+i logrados en las unidades policiales por parte
                  de los grupos de investigación, incluida la Oficina de Telemática y sus grupos, sean apropiados y
                  asimilados por el personal de la Institución, en particular, de las unidades de policía relacionadas
                  directamente con el tema de que se trate.

                  PARÁGRAFO. De especial importancia para la Institución es la transferencia de conocimientos y
                  tecnologías que se debe dar desde las áreas y grupos de investigación, cuando en una unidad de
                  policía se ejecuten proyectos de C&T+i.

                  ARTÍCULO 93. SOPORTES. Una vez terminado un proyecto de C&T+i en la Institución, se procede
                  a la respectiva transferencia de tecnología, de la siguiente manera:

                  1.  Copias registradas. Se debe dejar copia de cada uno de los entregables generados en los
                      proyectos de investigación con su respectivo registro estadístico, en la Dirección Nacional de
                      Escuelas, a través de la Vicerrectoría de Investigación.

                  2.  Soportes  físicos.  Se  deben  dejar  los  soportes  resultados  de  los  proyectos,  según  sea  de
                      investigación, desarrollo tecnológico o innovación: o de acuerdo a la copia de las ponencias,
                      ensayos, artículos, libros, prototipos, aplicativos, software, programas informáticos, bases de
                      datos, invenciones, innovaciones, diseños, marcas y demás resultados, como son los códigos
                      fuentes en el caso del software, con su respectivo registro estadístico, en la Dirección Nacional
                      de Escuelas, a través de la Vicerrectoría de Investigación.

                  3.  Programa de transferencia de tecnología. Como parte del informe final de cada proyecto de
                      C&T+i,  se  debe  formular  y  anexar  el  respectivo  “programa  de  transferencia  de  tecnología”,
                      mediante el cual se asegure que los investigadores transferirán al personal de la unidad policial
                      y  demás  unidades  relacionadas  de  la  Policía  Nacional  los  conocimientos,  tecnologías  e
                      innovaciones generadas en el proyecto.

                  4.  Implementación del programa de transferencia. La Dirección Nacional de Escuelas, a través
                      de la Vicerrectoría de Investigación, hará seguimiento, acompañamiento y evaluación de estos
                      programas de transferencia, garantizando que el personal de la Institución, realmente, se apropie
                      de los nuevos conocimientos y tecnologías.

                  5.  Transferencia  de  tecnología  y  registro  de  la  propiedad  intelectual.  En  el  proceso  de
                      transferencia  y  apropiación  de  los  conocimientos  y  las  tecnologías  por  el  personal  de  las
                      unidades de policía se deben cumplir con los trámites que implica el registro de la propiedad
                      intelectual y el derecho de autor. La Dirección Nacional de Escuelas, a través de la Vicerrectoría
                      de Investigación, velará por el debido procedimiento en estos casos.


                  CAPÍTULO III




                  TRANSFERENCIA INTER - INSTITUCIONAL DE TECNOLOGÍA


                  ARTÍCULO 94. ALCANCE. En los casos cuando se considere estratégico y útil para la Institución y
                  el servicio de policía, es posible realizar acuerdos de transferencia de tecnología en el país desde y
                  hacia la Policía Nacional, con entidades, empresas, universidades y las mismas Fuerzas Militares
                  de  Colombia,  según  condiciones  que  se  establecerán  en  cada  caso,  por  parte  de  la  Dirección
                  Nacional de Escuelas o quien haga sus veces, a través de la Vicerrectoría de Investigación, y con el
                  aval de la Oficina Jurídica de la misma Dirección.

                  PARÁGRAFO.  Los  grupos  de  investigación  de  las  distintas  unidades  de  policía  y  la  Oficina  de
                  Telemática identificarán las necesidades y oportunidades de transferencia de tecnología desde y
                  hacia  la  Policía  Nacional  dentro  de  Colombia.  Una  vez  identificadas  estas  oportunidades,  se
                  adelantarán los procedimientos institucionales por parte de la Dirección Nacional de Escuelas, a
                  través de la Vicerrectoría de Investigación, con el aval de la Oficina Jurídica de la misma Dirección,
                  y la participación de la respectiva unidad policial interesada en la transferencia de tecnología.
   34   35   36   37   38   39   40   41   42   43   44